Conducir por Madrid no solo supone una aventura para los foráneos que vienen a visitarnos. Y es que, los que lidiamos habitualmente con el tráfico madrileño, vemos ahora un quebradero de cabeza más con la puesta en marcha, desde hace unas semanas, de Madrid ZBE, que restringe la circulación de vehículos por el interior de la M-30 y que convive con las restricciones ya existentes de las dos Zonas de Bajas Emisiones de Especial Protección (ZBEDEP), vigentes desde hace varios meses en el Distrito Centro y la Plaza Elíptica.
Madrid Central, ahora Zona de Bajas Emisiones (ZBE)
Si bien ya estamos familiarizados con la situación, pues Madrid ZBE entró en vigor a finales del año pasado, hay que recordar que, desde entonces, y hasta dentro de unos días, el incumplimiento de la normativa del reformulado Madrid Central no tiene carácter sancionador, sino meramente informativo. No obstante, por si todavía tenéis dudas, hoy os recordamos qué vehículos no pueden acceder a la almendra central de Madrid.
De este modo, el control automatizado de accesos, que se realizará con los sistemas foto-rojo existentes, comenzará a denunciar a los vehículos que accedan saltándose la normativa, si bien la denuncia constará como infracción leve hasta el 20 de marzo, momento a partir del cual incrementará el valor de la multa económica y la infracción pasará a ser grave.
¿Qué vehículos pueden acceder a Madrid ZBE?
Los vehículos con clasificación ambiental B y C no sólo pueden entrar, sino también circular y estacionar libremente por el interior de la M-30, atendiendo únicamente a la normativa de las zonas ZBEDEP, con criterios de acceso más restrictivos.
En el caso de los turismos con clasificación ambiental A que no estén empadronados en el municipio de Madrid, tendrán que prestar especial atención pues se irá restringiendo su acceso a diferentes anillos territoriales de forma progresiva hasta 2025. De momento, durante el año 2022 tienen prohibido el acceso y circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, aunque sí pueden circular por la propia M-30. En esta clasificación se encuentran los vehículos de gasolina matriculados antes del año 2000 y los diésel matriculados antes de 2006.
Si queréis consultar todas las restricciones detalladas según tipología de vehículo, podéis hacerlo desde la página que el portal web del Ayuntamiento de Madrid ha habiltado para ello.